A la hora de contratar a un trabajador los emprendedores deben saber que hay ciertas ventajas a la hora de seleccionar trabajadores o hacerlos socios en su negocio.
Desde el Ministerio de Trabajo difunden una Guía Laboral donde incluyen las bonificaciones para entidades de economía social que contraten trabajadores.
Bonificaciones al contratar
En concreto estos apoyos económicos o bonificaciones se realizarán al contratar personas en situación de desempleo.
Además, para cooperativas estas bonificaciones al contratar estarán disponibles, pero solo si su régimen es de trabajadores por cuenta ajena.
Por otra parte, es importante destacar que hay bonificaciones al pagar las cuotas de la Seguridad Social, en empresas de inserción, en caso de que se contraten personas menores de 30 años en situación de exclusión social o menores de 35 con discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
Una empresa de inserción produce bienes y servicios, pero además tiene un fin social que es la inclusión en el mundo laboral para las personas en riesgo de exclusión.
En la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, se contemplan varios artículos sobre la creación de empleo para trabajadores con discapacidad.
En el artículo 41 se recoge la Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad.
“Será deducible de la cuota íntegra la cantidad de 9.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 33 por ciento e inferior al 65 por ciento”, la cuota asciende a 12.000 euros para trabajadores con más del 65 por ciento de discapacidad.
Asimismo, como ya se especifica en otras de las preguntas de esta sección, para emprendedores con discapacidad hay beneficios: “Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, que causen alta inicial en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, se beneficiarán, durante los cinco años siguientes a la fecha de efectos del alta, de las siguientes reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes”, según apunta esta norma.
¿Qué ventajas tienen los autónomos al contratar trabajadores?
Las ayudas para los autónomos que contratan a trabajadores se gestionan por cada comunidad autónoma.
Por ejemplo, hay unas ayudas para contratar trabajadores, en el caso que el autónomo deba cuidar de alguna persona a su cargo, ya sean hijos o familiares en situación de dependencia o discapacidad, que no puedan valerse por sí mismos. En estos casos, la ayuda podría ser incluso del total de la cuota por contingencias comunes del nuevo trabajador.
También pueden tener ventajas si contratan:
- Personas en situación de desempleo (con más bonificación si es de larga duración, y más aún, si es mujer)
- Jóvenes a los que formar
- Mayores de 45 años
- Personas con discapacidad
- Victimas de violencia de género
- Víctimas de terrorismo
Sobre todo se tienen en cuenta las contrataciones a personas en riesgo de exclusión social y el apoyo a la inclusión laboral de personas que no encontraban empleo pese a buscarlo desde hace tiempo.
Más información en SEPE
Bonificación a trabajadores por cuenta propia o autónomos por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a contratación.
Pasos para contratar
Primero se realizará un análisis del tipo de perfil que se quiere contratar y los posibles costes (salario y cuotas de seguridad social) y beneficios de esa contratación.
Una vez decidido que queremos incorporar a una persona al negocio se realiza un perfil detallado del puesto que se quiere cubrir.
En ese perfil se define qué formación o conocimientos se requieren, experiencia, qué tareas y funciones va a desempeñar, etc. Y también para publicar la oferta o para informar a posibles candidatos hay que concretar horarios, tipo de contrato y otras características del puesto de trabajo.
El tercer paso es realizar la selección del personal.
Llegado el momento de contratar si el trabajador no ha trabajado antes hay que afiliarle a la Seguridad Social. El autónomo también debe estar registrado como empresario en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Después se realiza el alta en la empresa que se puede realizar vía Internet en la Seguridad Social.
Tras este paso, hay 10 días para informar del contrato al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Por último, se abonan las cotizaciones a la Seguridad Social por cada trabajador.
-
Autor(es): , Obra: ¿Qué trámites tengo que hacer para contratar a un trabajador? , Publicación: , Última actualización: , Lugar de publicación: Madrid, URL: https://www.discapnet.es/empleo/que-tramites-tengo-que-hacer-para-contratar-un-trabajador
Copiar