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El Centro de Estudios Garrigues, a petición de la Fundación Derecho y Discapacidad (FDyD) y el Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), examinó en un informe los derechos de los pacientes con discapacidad a raíz de la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reformó la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
La Fundación Derecho y Discapacidad y Cermi realizó esta solicitud en el marco del convenio de colaboración que ambas entidades mantienen con el Centro de Estudios Garrigues.
Dicho Informe se elaboró por un grupo de estudiantes coordinados por Mercedes de Prada, directora Académica del Centro de Estudios Garrigues, y conformado por Celia Herrero, Juan Guillermo González, Manuel Insa, Isabel Praena, Jorge Ruiz de Angulo, Paula Silveira, Patricia Soto, Pablo Gallego y José María Trabada.
En el documento se explica que, tras la Ley 8/2021, que supuso un importante cambio de paradigma en la legislación española pasando de un régimen excesivamente paternalista a uno que ha pretendido garantizar el derecho de las personas con discapacidad a tomar sus propias decisiones y que buscaba que estas últimas pudiesen ejercer su capacidad jurídica, todavía existen diferentes normas cuyo contenido no se encuentra adaptado a la Convención ni a la Ley 8/2021 y, que por tanto, limita la autonomía de las personas con discapacidad en el ejercicio de sus derechos.
Por tanto, este informe se ha centrado en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la cual regula, con carácter general, los derechos de los pacientes y realiza alguna mención concreta a la situación de los pacientes cuando estos últimos son personas con discapacidad.
Para el Cermi, este informe se realizó con el objetivo de sugerir mejoras técnicas y de redacción a la Ley 41/2002 no sólo para modificar aquellos aspectos de la misma que se encuentran desactualizados o no alineados con los principios de la Convención o con la Ley 8/2021, sino también introducir determinados ajustes técnicos o de redacción que hagan el texto de la Ley 41/2002 más coherente con la Ley 8/2021 y que, ante todo, fomenten la autonomía de las personas con discapacidad.
En este informe el Cermi quiso destacar los puntos de la Ley 41/2002 que quedarían pendientes de adaptar al nuevo paradigma de la regulación de la situación de las personas con discapacidad, empezando por la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal, así como la necesidad en relación con el consentimiento informado en cuanto a definición, formato y medidas de apoyo adecuadas.
En relación con el derecho a la información que tienen los pacientes en el ámbito sanitario, señala que toda la información y documentación de la que se haga entrega a los pacientes con discapacidad se elabore y se distribuya en un formato adecuado a sus circunstancias personales, adaptándose a sus necesidades físicas y psíquicas, para que resulte accesible y comprensible.
Otro de los puntos de adaptación y mejora es que los médicos, como sujetos que deben hacer entrega de esa información, se hagan responsables de que la misma se transmite de forma adecuada.
En relación a la accesibilidad de las personas con discapacidad, indica que tanto en instalaciones, información y comunicación, sí como en tratamientos, programas y servicios, serán adecuados conforme a sus necesidades personales, considerando los apoyos precisos un derecho de las personas con discapacidad.
Por último, Cermi no se olvidó de uno de los retos más relevantes que representa esta ley, y es que gran parte del desarrollo normativo relacionado con las personas con discapacidad sea llevado a cabo por las comunidades autónomas.
Como conclusión, Cermi quiso resaltar que “si se implementasen los cambios y sugerencias aquí expuestos, seríamos capaces de tener un marco normativo adecuado a las necesidades de las personas con discapacidad y conforme con la Convención en el ámbito sanitario, reduciendo así la brecha y las desigualdades a las que las personas con discapacidad hacen frente a diario en al menos una industria más: el sector sanitario”.
Se podrá acceder al contenido del Informe completo, a partir del 1 de abril de 2023, a través de la página Web de la Fundación Derecho y Discapacidad.
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