· FIAPAS
Tras décadas de reivindicación por parte del Movimiento Asociativo de Familias-FIAPAS para que las personas con sordera puedan acceder y utilizar el servicio de emergencias "112" como el resto de la ciudadanía, y tras un dilatado trámite parlamentario, se ha aprobado la trasposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva (UE) 2019/882, más conocida como Acta Europea de Accesibilidad, que establece que este servicio 112 sea accesible desde cualquier punto de la UE.
La aprobación de la trasposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva europea en materia de accesibilidad, además de ordenar unos requisitos mínimos de accesibilidad en toda la UE para una serie de productos y servicios disponibles en el mercado interior de la UE, establece que el teléfono de emergencias 112 sea accesible en toda la Unión Europea.
Acceso al 112 para las personas con sordera en España
El Acta Europea de Accesibilidad determina las condiciones de accesibilidad que debe reunir el número único europeo de emergencia «112»: uso de voz, texto y video, sincronizados en tiempo real, para poder dar respuesta a las necesidades y a los distintos perfiles de comunicación de las personas con sordera, tal como ha venido demandando históricamente FIAPAS.
Así, con la trasposición de esta Directiva, será posible acceder a un número único 112 común en todo el territorio español sin tener que registrarse previamente. Esto es un gran avance para favorecer la libre circulación de las personas con sordera, que accederán al servicio 112 desde cualquier punto de la geografía y no solo, como sucede hasta el momento, al de la comunidad autónoma en la que residen.
A partir de ahora, el Ministerio del Interior y las Comunidades Autónomas deberán garantizar que las comunicaciones de emergencia sean accesibles en todo el territorio español, incluso estando en itinerancia entre comunidades, tal como se presta el servicio para el resto de la ciudadanía sin este tipo de barreras aún presentes.
Los Estados miembros tendrán hasta el 28 de junio de 2027 para adaptar las comunicaciones de emergencia al número único europeo de emergencia 112 por el punto de respuesta de seguridad pública (PSAP) más apropiado, cumpliendo así con los requisitos de accesibilidad universal. Las comunicaciones recibidas a través del PSAP se responderán utilizando el mismo medio de comunicación que en la recepción de la solicitud del servicio, pudiendo ser voz y texto sincronizados (en particular texto en tiempo real) o vídeo, voz, texto (en particular texto en tiempo real) y vídeo sincronizados como una conversación completa.
Otras previsiones del Acta Europea de Accesibilidad
Asimismo, con la entrada en vigor esta normativa, han de ser accesibles los productos que se introduzcan en el mercado y los servicios que se presten a los consumidores tales como equipos informáticos de uso general de consumo, terminales de autoservicio interactivo que facilite información, cajeros automáticos, servicios de comercio electrónico, y aplicaciones de los servicios de transporte de viajeros (situados en estaciones de tren, aeropuertos, puertos, etc.).
Con todo ello, se dará un importante paso en la garantía de los derechos de las personas con discapacidad. En el caso de las personas sordas lo previsto supondrá la disposición de sistemas y productos de apoyo que les permitan la accesibilidad auditiva y el acceso a la información y a la comunicación.
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