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La confederación Plena inclusión España aplaudió este jueves la ampliación del plazo legal para revisar las modificaciones de la capacidad jurídica de personas con discapacidad dictadas antes de la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
Plena Inclusión lucha por los derechos de las personas con discapacidad
Esta norma puso fin a las incapacitaciones judiciales y a la figura de la tutela que la legislación anterior contemplaba, bajo el principio de que los poderes públicos deben proporcionar a todas las personas los apoyos que necesiten para tomar sus decisiones de forma autónoma.
Por este motivo, se estableció un plazo de 3 años para revisar todas las sentencias dictadas conforme al marco anterior. Gracias a las enmiendas a la Ley Orgánica de Derecho a la Defensa presentadas por Plena inclusión, este plazo se ampliará a seis años.
Según la confederación, las familias de las personas a las que se ha modificado su capacidad jurídica dispondrán así de "más tiempo para gestionar un proceso complejo". Destacó que gran parte de estos casos atañen a personas con discapacidad intelectual y del desarrollo, que es el colectivo al que sus más de 900 entidades defienden.
Por este motivo, aprovechó la tramitación de la Ley Orgánica del Derecho de Defensa para presentar enmiendas que implican la reforma de la norma sobre capacidad jurídica y explicar la relevancia de esta modificación a los grupos parlamentarios.
También se hizo incidencia sobre la necesidad de incluir cuestiones sobre el derecho a la justicia de las personas con discapacidad, como la posibilidad de solicitar las adaptaciones necesarias para garantizar su derecho a la accesibilidad cognitiva.
Observatorio
Plena inclusión, Liber y la Universidad Carlos III han formado un Observatorio de Jurisprudencia que tiene entre sus objetivos identificar buenas y malas prácticas jurisprudenciales en la aplicación de la ley 8/2021.
Para ello se han examinado más de 600 sentencias, entre las que se encuentran aquellas que revisan las medidas de apoyo adoptadas antes de la ley 8/2021.
La revisión de las sentencias "es un paso fundamental para las personas con discapacidad y sus familias", ya que "implica el cambio de un sistema centrado en la sustitución en la toma de decisiones por otro basado en el respeto a la voluntad y las preferencias de la persona" quien, "por regla general, será la encargada de tomar sus propias decisiones".